Otro caso, uno más, del maltrato institucional que sufren las familias acogedoras. Es un testimonio aterrador en el que se repiten pautas de actuación de los servicios que deberían velar por el interés del menor: la burocracia por encima del bienestar del menor, desprecio a las familias acogedoras, estigmatización de los acogedoras si no «obedecen» a los técnicos de menores, etc…
Aquí el testimonio completo:
Carmen Alonso, junto a su marido Gorka y su hija Jimena, fueron familia de acogida en Málaga durante más de cuatro años. Tras la lectura del libro Tutelados de Enrique Vila y Francisco Cárdenas, reconocieron en sus páginas una experiencia prácticamente idéntica a la vivida por su familia, marcada —según relatan— por un patrón continuado de maltrato institucional infantil, ausencia de control efectivo y desprotección del interés superior del menor.
La familia fue valorada para acogimiento de urgencia y temporal en 2018, obteniendo la idoneidad en enero de 2019. Desde entonces realizaron varios acogimientos de urgencia, todos ellos de menores con adversidad temprana. En julio de 2021 recibieron a DFV, una bebé nacida con un grave síndrome de abstinencia neonatal debido al consumo de estupefacientes durante el embarazo. La menor permaneció ingresada durante un mes en el Hospital Materno Infantil de Málaga, periodo en el que la familia acudió diariamente para proporcionarle cuidados básicos, contacto piel con piel y vínculo afectivo, fundamentales para su supervivencia y desarrollo inicial.
Tras el alta, DFV pasó a convivir con la familia. Los primeros meses estuvieron marcados por un llanto constante, alteraciones del sueño y una necesidad extrema de contacto físico, signos compatibles con un cuadro severo de abstinencia y trauma temprano. Pese a tratarse de un acogimiento de urgencia con plazos administrativos definidos, el Servicio de Protección de Menores de Málaga no activó ningún procedimiento para establecer una medida estable ni inició un trabajo real con la familia biológica orientado a una posible reintegración.
Ante la inacción administrativa y el riesgo que suponía un cambio de familia en pleno proceso de apego, la familia solicitó continuar en acogimiento temporal. La renovación de la idoneidad se realizó de forma casi inmediata, alegando una supuesta caducidad, lo que evidenció —según relatan— una gestión arbitraria de decisiones que afectan directamente a la estabilidad emocional de la menor.
Durante los meses siguientes, DFV fue atendida por pediatría, neurología infantil y servicios de estimulación temprana. El vínculo con la familia se consolidó progresivamente hasta convertirse en un apego seguro y exclusivo. Sin embargo, el expediente administrativo permaneció paralizado durante largos periodos, situando a la menor en un limbo jurídico injustificado. El propio jefe del servicio de neurología infantil advirtió de que una separación abrupta tendría consecuencias graves para una niña con un apego tan firmemente establecido.
DFV cumplió dos años con la familia, para la que ellos constituían su única referencia afectiva: padre, madre y hermana. Pese a ello, la administración decidió iniciar el trámite de audiencia a la madre biológica para una guarda con fines de adopción, decisión comunicada telefónicamente a la familia sin posibilidad de oposición. Desde el inicio se les había reiterado que nunca podrían optar a adopción ni a acogimiento permanente por tratarse de una menor “adoptable”.
La familia interpreta este momento como la constatación de un sistema que prioriza la “adoptabilidad” y los tiempos administrativos frente al interés superior del menor, tratándola como un objeto transferible y no como un sujeto de derechos. No se valoraron ni su historia vital, ni el apego construido durante 29 meses, ni el impacto emocional de una ruptura total de vínculos.
Al manifestar su desacuerdo con el plan de separación, fueron calificados de hostiles y excluidos del proceso de acoplamiento. Se les exigió dejar a la menor a solas con personas desconocidas para ella, situación que generó respuestas claras de angustia y somatización. Finalmente, fueron apartados completamente del proceso y obligados a desaparecer desde el primer contacto con la familia adoptiva, provocando en la menor una vivencia de abandono incomprensible a su edad.
Tras oponerse formalmente a un proceso que consideraban cruel y dañino, la administración adelantó quince días la retirada definitiva de la menor. El 9 de noviembre de 2023 DFV fue separada de la familia. Desde entonces, según relatan, han sido objeto de calumnias reflejadas en informes oficiales sin posibilidad de contradicción ni defensa.
Dichos informes sirvieron como base para denegar el acceso al expediente completo y rechazar su solicitud de ser reconocidos como familia de origen en una adopción abierta. En junio de 2025 se celebró el juicio por su demanda de oposición a la prohibición de contacto, que fue desestimada. No se admitió la prueba testifical de dos psicólogos peritos independientes (Javier Múgica y Jesús Palacios) de reconocido prestigio, cuyos informes fueron desacreditados por considerarse “de parte”.
Actualmente el caso se encuentra recurrido ante la Audiencia Provincial de Málaga. Paralelamente, la familia ha denunciado los hechos ante numerosas instituciones, asociaciones y medios de comunicación, y ha hecho público su testimonio en redes sociales, lo que derivó en la solicitud de una orden de alejamiento por parte de los adoptantes.
Su objetivo es continuar hasta que se depuren responsabilidades y, sobre todo, poder demostrar algún día a DFV que su adopción fue forzada, que nunca la abandonaron y que fueron eliminados de su vida sin que nadie preguntara qué quería ella.