Muchos técnicos de la Administración recurren con frecuencia al concepto de «interés superior del menor» para justificar cualquier acción que hacen, aunque en realidad sean sus propios intereses lo único que quieren proteger. Este principio no puede convertirse en una carta blanca. La presunción de veracidad de la Administración ha de ganarse con datos objetivos, no con principios generalistas difíciles de rebatir.
En este artículo se hace una reflexión muy interesante sobre estos temas.
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Por el bien del menor
09/12/2010 MIGUEL Santiago
La ley 1/1998, de 20 de abril, que trata de los derechos y la atención al menor en Andalucía, establece como primer principio primar el interés superior del menor frente a cualquier otro interés legítimo. De lo anterior se desprende la tan manoseada frase «por el bien del menor».
Sin embargo, cuántas injusticias y violaciones a los derechos humanos, en este caso a los derechos de la infancia, se cometen bajo el paraguas de esta ley, que pretende favorecer a uno de los sectores más débiles de la sociedad como son las personas más pequeñas necesitadas de mucho amor y seguridad. Seguir leyendo El abuso del concepto de «interés superior del menor»

