Artículo denuncia del sistema de protección de menores
El ingreso de niños en centros crece a pesar del giro para priorizar el acogimiento familiar
(Publicado en Directa, Núm 387, 29 de junio de 2015, www.directa.cat)
Ver original en catalán haciendo clic aquí
Guille Larios / David Bou
Según el último informe del Defensor del Pueblo sobre derechos de los niños en Cataluña, publicado en mayo de 2014, hay más de 7.000 personas menores bajo medidas de protección de la DGAIA. De todas ellas, 2.700 se encuentran en los diferentes tipos de centros de protección de niños y adolescentes, aunque también hay un pequeño porcentaje que se ubica en centros de justicia juvenil. Estos centros se clasifican en: centros residenciales de acción educativa (CRAE), centros residenciales de educación intensiva (CREI) y centros de acogida. La DGAIA también dispone de algunos pisos asistidos, que acogen jóvenes de entre 16 y 21 años con el objetivo de facilitar su emancipación.
Según el informe del Síndic, «aunque el carácter prioritario que establece la ley de la acogida familiar, esto no se traduce en el sistema de protección, dado el bajo peso que tiene esta medida de protección en Cataluña y por la tendencia creciente que ha experimentado la acogida residencial durante la última década». En relación con el año 2002, actualmente hay más niños atendidos en el ámbito residencial que en acogimiento familiar. El total de niños bajo tutela de la DGAIA ha pasado de un 30,8% a un 38,5%.
Tipo de centros
Para pensar….
“Una fase clave en la vida de los niños adoptados es la adolescencia, que en ellos se suele adelantar a los 9 o 10 años, dos o tres antes de lo que suele ser habitual. Es la etapa en la que se presentan los problemas relacionados con la definición de la identidad y el momento en el que se encuentran buena parte de los chavales adoptados durante los últimos años en España. Si no se han encauzado por entonces los trastornos más graves, la situación puede desembocar en situaciones de fuerte tensión familiar o el fracaso de la adopción en los casos límite.”
Descargar aquí el artículo completo, publicado en El País el 15 de mayo de 2015: La huella del orfanato en los niños adoptados
Para pensar… y luego actuar. Extraído del blog de Consuelo García del Cid
La penalización de la pobreza está en manos de los servicios sociales. Su “multa”moral al respecto, pasa por separar a madres de sus hijos, separar incluso parejas, y cuestionar en el acto su pasado, presente y futuro inmediato. España, crisis. Sobre semejante desastre se sientan miles de personas en Bienestar social tras pedir la vez, y a partir de ese instante comienza el strep-tease vital. Cuestionarán lo que has sido, quién eres y la que te espera. Ante todo tendrás pena, para morir de miedo no mucho más tarde. Ellos, los funcionarios, psicólogos, psiquiatras, educadores, asistentes…forman un equipo conciliador que perturba en exceso. Están para ayudar, eso se entiende. Sin embargo, cuando no es suficiente un desahucio, estar parado o depender del banco de alimentos ; un embarazo puede convertirse en la peor de las condenas. La alarma social de los niños robados durante el franquismo, continúa vigente en busca de la verdad. No se contempla ese otro lado, el actual, legal y consentido, donde los hijos son arrebatados en el mismo hospital que se ha dado a luz. Jóvenes, de mediana edad, adolescentes, no importa. Salen con los puntos de sutura todavía tiernos, sin hijo y con la mirada perdida. Los motivos, tan diversos como cuestionables, podrían resumirse en uno : Pobreza.
Si no tienes dinero ni trabajo, si no cuentas con una vivienda fija, si tu familia no está dispuesta a dar la cara por tí, si –además- no estás casada ni tienes pareja de hecho; el informe de desamparo se expide con una facilidad alarmante. Sobre él ya ni siquiera estás tú, puesto que te colocan por debajo a la primera de cambio.
A partir de ese informe, la desamparada debe cumplir un protocolo que empieza por el “plan de intervención”, tras haber sido separada de su hijo, que se encuentra en manos de una familia provisional de acogida durante los primeros seis meses de vida, para pasar a un proceso de adopción no consentida a partir del séptimo. Todo legal. La madre biológica se somete a una serie de exámenes psicológicos y psiquiátricos, con su provocado –oficialmente- desequilibro a cuestas, en los que le puede ser asignada la etiqueta más vaga de cualquier transtorno. Firma y sello. Indiscutible. Ella, esa mujer desasistida tanto en lo económico como en lo emocional, tendrá que demostrar en medio año que “puede” ser madre. Con suerte, visitará a su hijo recién nacido en el “punto de encuentro” de los Servicios Sociales, previa cita y en presencia de algún educador o asistente. A la propia madre se le prohíbe terminantemente hacer fotos de su hijo y son -tan controladas como cuestionadas- incluso las palabras que dirige a su bebé, así como su aspecto físico, la longitud de su pelo, el color, sus tatuajes si los tuviere, sus aficiones, amistades, relaciones personales o íntimas, modos y formas. En sí y en suma, todo su ser.
Cuando finalmente se le deniega la guardia y custodia iniciando proceso de adopción, todos sus gritos, intentos de suicidio, tiros, agresiones, protesta o desesperación al respecto, serán resumidos en una sola palabra: Loca.
Para ello, los Servicios ya tienen preparados informes anteriores al respecto que les darán la razón ante cualquier sospecha. Todo legal. Todo cubierto. De los viejos barros, estos lodos. Que nadie se llame a engaño.
El País Semanal del 26 de abril pasado ha publicado un reportaje titulado Una verdad que quema, sobre menores robados en la dictadura militar argentina y que posteriormente se han reencontrado con su pasado. Recoge, por ejemplo, el impresionante testimonio de Mirta, separada de sus padres con tres años y medio a los que esperó hasta los 12 años. O el de Ignacio, o Matías, en la lucha por el derecho a conocer, por el derecho a la identidad, por poner la verdad por encima de todo.
Hay que felicitar a la sociedad argentina por haber sido capaz de afrontar este problema. En nuestro país tenemos mucho que aprender porque todavía dudamos del potencial de las personas que buscan (hijos o padres) para superar las cosas no tan buenas del pasado. Todavía confundimos protección con ocultación de la verdad. Los testimonios del reportaje nos enseñan que nuestro sistema de protección de menores debería aprender mucho y entender que se pueden hacer las cosas de otra manera, sin causar tanto dolor innecesario.
L’objectiu de les jornades és crear un espai de reflexió crític entorn al tracte i a les intervencions dels menors per part de les Institucions educatives i socials, i del sistema jurídic i de protecció del menor. Posant especial emfàsis als eixos següents: la medicalització, la pedagogia correccional, la criminalització i la mercantilització de la pobresa.
A més, volem juntar-nos per aportar alternatives i/o propostes d’intervenció que trenquin amb la lògica establerta, on puguem fugir dels paràmetres professionals del mercat. «
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Hace un par de años se destapó en Castelldans (Lleida) el caso de un presunto pederasta. La Administración responsable de menores, con la supervisión y seguimiento de una Fundación, le daba jóvenes en acogimiento familiar. Ahora, sabemos que se ha llegado a un acuerdo y se les pagará una indemnización. Asunto cerrado. No habrá investigación. Nadie depurará las responsabilidades del Instituto Catalán de Acogimiento y Adopciones, ICAA, responsable del seguimiento de este presunto pederasta. Cientos de miles de euros de indemnización a las víctimas, y aquí no pasa nada.
Desde varias Asociaciones que trabajamos con menores pedimos que, con independencia de los acuerdos judiciales, esto no quede así. La protección de nuestra infancia desde los poderes públicos queda en entredicho. Y con eso, con nuestros menores, no se juega.
Una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Una niña es arrancada de su familia y dada en adopción. Tras un largo calvario judicial y administrativo, el TEDH condena a la administración española. Habla de graves negligencias del sistema. Pero también constata que “…el paso del tiempo ha tenido como efecto hacer muy difícilmente reversible una situación que se hubiera podido enmendar con otros medios que no fueran la separación y la declaración de la niña en situación de desamparo.”
Las responsabilidades en el caso del presunto robo de una nena en 1987 en la Clínica Dexeus de Barcelona serán establecidas por un juez. Pero mi preocupación es saber si hoy disponemos de los mecanismos para que estas situaciones no vuelvan a repetirse. Mi opinión, y la de cientos de familias, es que sigue dándose la impunidad en las decisiones de muchos técnicos, la falta de control y transparencia, el tratar a los menores como expedientes y no como personas. El resultado, el enfrentamiento entre familias y funcionarios, menores arrancados de su entorno sin necesidad.
En este caso, la voluntad de una hija de conocer a su madre biológica ha destapado un escándalo. ¿Cuántos siguen ocultos, y cuántos estamos generando en la actualidad?
El Gobierno aprobará hoy el anteproyecto de Ley de Protección a la Infancia. Este anteproyecto no soluciona lo que pensamos es un problema muy importante: el excesivo poder de los técnicos para decidir el futuro de una persona (y su familia) con una simple resolución administrativa, sin control y por tanto arbitrariamente.
“Frente a los países de nuestro entorno (Francia, Italia, Portugal, Inglaterra) en que la declaración de desamparo se realiza en sede judicial, aquí se favorece una mayor desjudicialización, incrementando las prerrogativas de la entidad administrativa.
En la práctica, esto se traduce en que profesionales ajenos al ámbito jurídico asumen tareas judiciales, lo que supone la rebaja o la desaparición de las garantías jurídicas (tal como existen en el derecho penal y sancionador): la presunción de inocencia, el derecho de defensa o el contraste de las pruebas. La consecuencia es que estamos ante un derecho de segunda clase y se incrementa la posibilidad de abusos y de arbitrariedad.”
Pedimos que la Ley establezca la intervención de un juez para decretar el desamparo, y no siga en manos de la administración y sin ningún tipo de control.